11 abr 2011

LA OFENSA DEL VELO INTEGRAL


Una parte de la comunidad islámica, hay que precisar que no toda, vería la prohibición o la limitación del uso del velo integral en las mujeres, bien sea el burka o el niqab, como una ofensa a sus principios religiosos y a su libertad individual de elección. Sin embargo, desde mis principios democráticos y desde los valores de libertad, dignidad y respeto a la integridad individual de las personas, lo que considero una verdadera ofensa es el velo integral, no solo para la mujer, sino para toda la sociedad. No se puede concebir una anulación de la dignidad individual más flagrante que la ocultación de todo el cuerpo por motivos religiosos o argumentando tradiciones tribales. Aun considerándolo una ofensa, la prohibición de esta vestimenta debería estar limitada únicamente en los edificios públicos y centros de trabajo. Las democracias no pueden imitar a las policías morales de países islámicos que vigilan la manera de vestir de sus ciudadanos. Rechazando esta vestimenta, no dejo por ello en admitir que la puedan llevar por la calle, manteniendo el derecho individual a que la persona decida si llevarla o no, pese a que pueda estar impuesta por presión social de su entorno inmediato o por coacción de su pareja. 

La polémica resurge de nuevo con la entrada en vigor en Francia de la prohibición del velo integral que cubra el rostro en cualquier espacio público, incluida la calle, en virtud de una ley que impone multas y cursillos de ciudadanía para las infractoras y penas de cárcel para quienes obliguen a llevarlo. La ley en el caso francés no establece cuestiones a las que me he referido anteriormente; estipula más bien cuestiones de seguridad para justificar la prohibición. Ni qué decir tiene que hay cierto trasfondo populista en esta medida. Un país donde la derecha más radical aumenta su número de votantes, obliga a la derecha moderada a tomar algunas iniciativas para contentar a una parte del electorado hostil con la inmigración, acentuado por el periodo de crisis económica. 

La situación de España es diferente a la de Francia. La inmigración no tiene tanto peso social aquí como lo tiene en el país vecino, especialmente la de raíz islámica. Las mujeres que aquí llevan esta vestimenta son muy pocas. Pero hay núcleos donde la alta concentración de inmigración puede dar lugar a situaciones complejas. Es el caso de Lleida, primera ciudad española que prohíbe el burka o niqab en instalaciones municipales. Otros municipios de Cataluña barajan iniciativas en este sentido. También en otros países europeos se han aprobado iniciativas que limitan el uso de estas vestimentas, como Holanda y Bélgica. 

No hay que ver el problema como islamofobia, sino como un intento recíproco de integración. Las democracias tienen que hacer posible que la inmigración se integre dentro de sus parámetros sociales, pero aquellos que llegan a un país deben de aceptar, no solo los derechos que le corresponden como ciudadanos residentes del país al que llegan, sino los deberes que tienen y el respeto a las tradiciones y valores de este país. El esfuerzo por comprender al otro no es unidireccional, debe ser bidireccional. Integrarse es aprender del otro, comprender sus tradiciones y cultura, sin que ello suponga aceptar cuestiones que van más allá de lo que una sociedad democrática pueda tolerar. 

El caso de Pozuelo

La comunidad islámica en España puso el grito en el cielo cuando a una niña de un colegio de Pozuelo se le prohibió entrar al centro con el hiyab (pañuelo en la cabeza que las mujeres utilizan para cubrir sus cabellos y el cuello, un símbolo de identidad, fieles a sus orígenes). La normativa del centro prohibía cubrirse la cabeza con gorras u otras prendas. La comunidad islámica no aceptaba esta situación y llegó a poner el ejemplo de si prohibirían a una persona que estuviera recibiendo quimioterapia entrar con un pañuelo en el centro. Desafortunada comparación. La flexibilidad de la normativa existe para casos puntuales, pero no para justificaciones de carácter religioso en un colegio laico. 

En cualquier caso, las connotaciones del hiyab nada tienen que ver con el burka o el niqab. Si es por cubrirse la cabeza solamente, hasta las monjas lo suelen hacer. Pero si una norma existe y deja bien a las claras su finalidad, integración no es permitir que la niña entre al centro, integración es respetar la normativa de un colegio público, laico y con autonomía académica. No siempre hay que ver la integración desde el que recibe, sino también desde el otro extremo. En ocasiones parece que existe un aprovechamiento de la debilidad de la democracia en estos temas, que suele ser rentabilizados estratégicamente por grupos interesados.

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